LEY QUE OTORGA PERMISO POR LACTANCIA MATERNA LEY Nº 27240
CONCORDANCIA: LEY Nº 27591

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República
ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE OTORGA PERMISO POR LACTANCIA MATERNA
Artículo 1.- Del objeto de la Ley
1.1 La madre trabajadora, al término del período post natal, tiene derecho a una hora diaria de permiso por lactancia materna, hasta que el hijo tenga como mínimo 6 (seis) meses de edad.(*)
(*) Numeral modificado por el Artículo 1 de la Ley Nº 27591 publicada el 13-12-2001, cuyo texto es el
siguiente:
1.1 La madre trabajadora al término del período post natal tiene derecho a una hora diaria de permiso por lactancia materna hasta que su hijo tenga un año de edad. Este permiso podrá ser fraccionado en dos tiempos iguales y será otorgado dentro de su jornada laboral.”
(*) De conformidad con el Artículo único de la Ley Nº 27403 publicada el 20-01-2001 se precisa que la hora diaria de permiso por lactancia materna se considera como efectivamente laborada para todo efecto legal, incluyéndose el goce de la remuneración corrrespondiente.
1.2 La madre trabajadora y su empleador podrán convenir el horario en que se ejercerá el derecho establecido en el párrafo precedente.
1.3 El derecho que por la presente Ley se otorga no podrá ser compensado ni sustituido por ningún otro beneficio.
Artículo 2.- De las implicancias de la Ley
La presente Ley no afecta los mayores beneficios otorgados sobre la materia por ley específica, pacto colectivo o costumbre reconocida.


2 comentarios:
Buenas Tardes:
la que suscribe es una servidora del sector público contratada bajo la modalñidad CAS en la Dirección Regional de salud Huánuco. Actualmente estoy gestionando mi permiso por lactancia Materna; el inconveniente que tengo es que tube un embarao y parto gemelar, es decir son dos bebitas y el tiempo de una hora no es suficiente. La consulta es: ¿Existe una ley que ampara a las madres de bebés gemelos?, ¿El tiempo del permiso no debe ser un poco mas ?
Atentamente
D´jamira B. Montes Gómez
DNI 22521912
SOY UNA TRABAJADORA DEL SECTOR PUBLICO CONTRATADA BAJO EL REGIMEN ESPECIAL POR EL CAS. GESTIONE MI PERMISO POR LACTANCIA MATERNA EL 04 DEL PRESENTE MES Y AÑO EN CURSO,TAL COMO LO INDICA LA LEY 27240 "QUE PODRA SER FRACCIONADO EN DOS TIEMPÒS IGUALES DENTRO DE MI JORNADA LABORAL" LO QUE LA JEFA DEL ÁREA DE PESONAL ME COMUNICA VERBALMENTE QUE NO PUEDE SER ASI Y QUE TWENGO QUE ESCOGER ENTRE UNA HORA AL DIA BIEN POR LA MAÑANA O POR LA TARDE POR QUE NO ME FACULTA LA LEY SI SOY DE LA LEY Nº 276 Y EN EL TRANSCURSO DE DE LA SEMANA ESTUVE ASISTIENDO A MIS LABORES CUMPLIENDO ESE HORARIO, SIN PERJUDICAR A MIS DEBERES (AMBOS)
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